Los grupos parlamentarios del Congreso han acordado fijar qué gastos de la hipoteca tienen que pagar los bancos y cuáles el cliente en el proyecto de Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, conocida como Ley Hipotecaria. Grosso modo, la banca tendrá que asumir todos los gastos derivados de la constitución de la hipoteca, menos el de tasación que lo pagará el consumidor. Esta nueva ley, que llega con más de dos años de retraso y que pretende evitar futuros litigios, se tramitará por vía urgente y pasará al Senado a finales de mes.
Así, según han informado a Europa Press fuentes de la ponencia que discute el proyecto de ley, la entidad financiera deberá asumir los gastos correspondientes a la notaría, registro, gestoría y el polémico impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), que ya lo pagan desde el lunes. Esta distribución para el sector financiero y para una hipoteca media de 150.000 euros sería:
– Gastos notariales. Suelen representar entre el 0,1% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria más el coste por hoja de las escrituras. Los expertos calculan en torno a unos 800 euros. Los notarios realizarán, sin ningún coste, un cuestionario al prestatario para asegurarse de que entiende todas las cláusulas del contrato hipotecario.
– Copias. Será el banco el que tenga que pagar los costes de la primera copia del contrato, aunque en caso de que el cliente solicite una copia, deberá asumir su coste.
– Registro. No suele superar el 0,2% de la factura, unos 400 euros.
– Gestoría. Suele rondar aproximadamente otros 400 euros.
– Impuesto AJD. Lo abonará el banco en línea con el decreto ley aprobado por el Gobierno en el pasado Consejo de Ministros y en contra de la decisión adoptada por el Tribunal Supremo. El coste depende de cada comunidad autónoma y oscila entre el 0,5% y el 1,5%. Es el gasto más elevado de la constitución del préstamo, de hasta un 70% en algunas comunidades.
El cliente, por su parte, tendrá que abonar los gastos de tasación, que para la hipoteca media de 150.000 euros supondría un desembolso de entre 300 y 400 euros. Los expertos apuntan que es adecuado que la tasación siga en manos del cliente, que puede seguir optando a una valoración independiente siempre y cuando lo haga una tasadora homologada.
Al margen de los gastos propiamente de constitución, el consumidor seguirá asumiendo los relativos a la compra de la vivienda, que suelen ser los mismos: notaría, registro y gestoría.
Todo bajo la amenaza de Bruselas
La distribución de los costes se ha convertido, de hecho, en uno de los pilares en la regulación que tenía su origen en directiva europea de 2014 cuyo retraso en la trasposición hace que Bruselas amenace con multar a España con casi 100.000 euros al día.
El Gobierno del PP la aprobó y envió a la Cámara Baja en noviembre de 2017, pero las negociaciones se han abordado bajo la Ejecutiva de Pedro Sánchez con posiciones en origen muy distanciadas entre los distintos partidos políticos o, incluso, contrapuestas, dado la sensibilidad y complejidad que significa el mercado hipotecario.
Y en medio de este contexto ha irrumpido en escena del Tribunal Supremo, obligando a la banca primero a cargar con el impuesto jurídico y anulando después su sentencia para que lo continúe soportando el cliente.
No obstante, quedan por acordar otros asuntos de relevancia como las comisiones por amortización anticipada, los intereses de demora o la cláusula de vencimiento anticipado de una hipoteca y que permite ejecutar la vivienda según la deuda que haya adquirido el prestatario.
Fuente: El Economista